La AEAT autoriza equipos móviles para desalcoholizar vino

La Agencia Tributaria ha confirmado que las bodegas pueden utilizar equipos móviles para desalcoholizar vino y corregir el grado alcohólico, siempre que cuenten con la autorización correspondiente y cumplan la normativa de Impuestos Especiales. La aclaración llega tras más de un año de trabajo entre la Federación Española del Vino y la AEAT.
Las bodegas españolas ya pueden recurrir a equipos móviles para realizar operaciones de desalcoholización y de corrección del grado alcohólico del vino. Así lo ha confirmado la Agencia Tributaria tras más de un año de trabajo y diálogo con la Federación Española del Vino (FEV), según ha comunicado la propia federación. La condición: disponer de la autorización correspondiente y cumplir la normativa de Impuestos Especiales.
La confirmación concreta los Códigos de Actividad y Establecimiento (CAE) necesarios para operar, las tecnologías permitidas y las obligaciones de trazabilidad y declaración. Con ello desaparece una de las principales barreras administrativas que frenaban la implantación de estos servicios en España, donde hasta ahora las bodegas que querían reducir el alcohol de sus vinos dependían de instalaciones fijas o carecían de un marco claro para contratar equipos itinerantes.
El encaje fiscal de estas prácticas está regulado en el artículo 56 bis del Reglamento de Impuestos Especiales, que la propia AEAT explicó en un webinar celebrado el 15 de abril de 2026. La bodega interesada debe presentar una solicitud de autorización acompañada de una memoria técnica ante su oficina gestora, y el proceso genera dos productos con tratamiento fiscal distinto: el vino desalcoholizado, sujeto al Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, y la mezcla hidroalcohólica resultante, gravada por el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas según su destino.
La medida llega en un momento de caída sostenida del consumo mundial de vino y de crecimiento del interés por los productos con menos alcohol, un segmento al que cada vez más bodegas miran para diversificar su oferta.
Para las bodegas andaluzas con denominación de origen, el margen sigue acotado por la normativa europea: la desalcoholización total está prohibida en vinos con DOP o IGP, y la parcial solo es posible si el pliego de condiciones de la denominación la contempla expresamente. Es la situación de Jerez-Xérès-Sherry, Montilla-Moriles, Condado de Huelva, Málaga, Sierras de Málaga y Vinos de Granada, que deberían modificar sus pliegos para amparar versiones parcialmente desalcoholizadas. Fuera del amparo de la DO, la vía técnica y fiscal queda ahora despejada también con equipos móviles.






