El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo real decreto que simplifica los procedimientos de inscripción y modificación de las indicaciones geográficas de productos agroalimentarios en España, entre ellas las Denominaciones de Origen Protegida (DOP), las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).
La norma, impulsada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, adapta el marco jurídico español al Reglamento (UE) 2024/1143 sobre indicaciones geográficas y tiene como objetivo agilizar la tramitación administrativa y mejorar la gestión de los sistemas de calidad diferenciada.
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Entre las principales novedades, el decreto introduce medidas para reducir los plazos en los procedimientos de registro y modificación de las denominaciones e indicaciones geográficas, además de definir con mayor precisión los distintos tipos de cambios que pueden realizarse en los pliegos de condiciones.
La norma regula tres categorías de modificación: las introducidas por la Unión Europea, las modificaciones ordinarias y las de carácter temporal, estableciendo procedimientos específicos para cada una de ellas.
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo texto es que regula por primera vez el procedimiento de cancelación de una indicación geográfica, una cuestión que hasta ahora no contaba con una regulación específica dentro del ordenamiento jurídico español.
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El real decreto también incorpora al marco nacional la nueva normativa europea relativa a la regulación de la oferta en productos amparados por DOP e IGP. De esta forma, las organizaciones del sector podrán solicitar normas vinculantes para gestionar la oferta de vino y de otros productos agrícolas con indicación geográfica.
Hasta ahora, esta posibilidad solo estaba contemplada para determinados sectores, como el queso o el jamón, por lo que la nueva regulación amplía el alcance de estas herramientas a un mayor número de productos agroalimentarios.
Además, el decreto establece cómo debe incorporarse determinada información obligatoria en el etiquetado de los vinos con DOP o IGP y actualiza diversos aspectos relacionados con el control oficial de aquellas denominaciones que tienen ámbito supraautonómico.
Con esta reforma, el Gobierno busca reforzar el funcionamiento del sistema de calidad diferenciada y facilitar la gestión administrativa de las indicaciones geográficas, un instrumento clave para la protección y promoción de productos agroalimentarios vinculados al origen.

