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La UE aprueba la modificación de los términos tradicionales "Oloroso" y "Palo Cortado"

B.Bilbao 15 Julio 2024

La Comisión Europea ha anunciado importantes cambios en el sector vitivinícola, con nuevas regulaciones que buscan proteger y mejorar la calidad de los emblemáticos vinos "Palo Cortado" y "Oloroso". Estas medidas, que afectan a las regiones de Jerez, Montilla-Moriles y Condado de Huelva, están diseñadas para mantener la autenticidad y garantizar que estos vinos tradicionales sigan siendo reconocidos por su excelencia.

Regulaciones para "Palo Cortado"

El "Palo Cortado", conocido por su singular combinación de características de fino y oloroso, ha sido objeto de una definición más precisa para asegurar su autenticidad:

  • Categoría de Productos: Se incluye una nueva categoría específica para el "Palo Cortado" dentro de los vinos generosos.
  • Proceso de Envejecimiento: Este vino debe pasar por una fase inicial bajo velo de flor de al menos tres meses, seguida de una crianza predominantemente oxidativa.
  • Contenido Alcohólico: Debe tener entre 16% y 22% de alcohol.
  • Características Organolépticas: De color oro viejo a caoba oscuro, con aromas a frutos secos, madera y posibles notas lácticas.
  • Condiciones de Uso: El término "Palo Cortado" puede ser usado también en vinos generosos de licor elaborados con al menos un 85% del vino generoso descrito, y el etiquetado debe incluir una mención sobre el contenido en azúcar de la mezcla resultante.

Regulaciones para "Oloroso"

El "Oloroso", famoso por su profundo aroma y color intenso, también ha sido redefinido para proteger su calidad:

  • Categoría de Productos: Se incluye una nueva categoría específica para el "Oloroso" dentro de los vinos generosos.
  • Envejecimiento Oxidativo: Debe envejecer mediante crianza exclusivamente oxidativa, tras la desaparición del inicial velo de flor.
  • Contenido Alcohólico: Debe contener entre 16% y 22% de alcohol.
  • Aroma y Color: De color que varía desde oro viejo hasta caoba oscuro, debe presentar aromas de frutos secos y madera, característicos de la crianza oxidativa.
  • Condiciones de Uso: El término "Oloroso" puede ser utilizado en vinos generosos de licor que contengan al menos un 85% del vino generoso descrito anteriormente, con la condición de que se mencione el contenido en azúcar de la mezcla en el etiquetado.

Implicaciones para el Sector

Estas regulaciones buscan proteger las tradiciones vitivinícolas y asegurar que los consumidores reciban productos auténticos y de alta calidad. La consulta pública está abierta por dos meses, permitiendo que todas las partes interesadas expresen sus opiniones antes de la implementación final.

Conclusión

Las nuevas normativas reflejan el compromiso de la Unión Europea con la preservación de las tradiciones y la promoción de la calidad en el sector vitivinícola. Para más información, se pueden consultar los documentos oficiales a través de los siguientes enlaces:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1920
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1921
  • Modificación del término tradicional "Palo Cortado" - DO C 1130
  • Modificación del término tradicional "Oloroso" - DO C 1131

 

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B. Bilbao
Redactora - Editora


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